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Presidente, vocal, interventor y apoderado: ¿qué funciones tiene cada miembro de una mesa electoral?

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Cada miembro de la mesa electoral desempeñará un papel clave en las elecciones del 28M, desde la organización de la mesa hasta la representación de las candidaturas y el control del escrutinio. Conoce aquí sus funciones.

El próximo 28 de mayo, España se prepara para celebrar las elecciones municipales y autonómicas en todo el país. Con las mesas electorales ya sorteadas, es importante entender las funciones clave de las personas que las componen: el presidente, los vocales, los interventores y los apoderados.

Cada Mesa Electoral estará compuesta por un presidente y dos vocales, además de los suplentes, siguiendo las directrices de la Junta Electoral Central. A las 8 de la mañana, todos los miembros deben reunirse en el colegio designado para recibir un manual de instrucciones detallado sobre sus roles y responsabilidades.

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Participar en la mesa electoral conlleva el pago por las dietas estipulado, 70 euros libres de impuestos, además de permisos retribuidos en el puesto de trabajo y una reducción de jornada al día siguiente. 

Puedes comprobar online si has sido designado para formar parte de tu mesa electoral, recordando que la ausencia injustificada a esta puede acarrear multas de 6 a 24 meses, e incluso pena de cárcel de 1 a 3 años. Aunque, es posible buscar un sustituto de entre los votantes de la mesa que te ocupe tu puesto. 

Presidente 

El papel del presidente de mesa electoral es fundamental para garantizar el correcto desarrollo de las elecciones municipales y autonómicas que se celebrarán el próximo 28 de mayo en toda España. Desde las 8 de la mañana, el presidente deberá asegurarse de contar con todo el material necesario, como urnas, sobres, papeletas y cabinas de votación

Además, deberá verificar y firmar las actas de constitución, escrutinio y sesión, así como asegurarse de tener las listas de votantes y los certificados correspondientes. A las 8:30 horas, abrirá el acta de constitución y deberá firmarla junto con los vocales y los interventores.

A partir de las 9 de la mañana, el presidente dará inicio a la votación y supervisará el proceso, permitiendo a los ciudadanos ejercer su derecho al voto y declarando el cierre de la votación a las 8 de la tarde. Posteriormente, se encargará de la firma de la lista de votantes y coordinará el recuento de los votos junto con los demás miembros de la mesa, rellenando las actas correspondientes.

Vocales

En cada mesa electoral habrá dos vocales, cuya labor será esencial para el desarrollo fluido de las elecciones. Uno de los vocales se encargará de comprobar la identidad de los votantes, mientras que el otro marcará en la lista de votantes a aquellos que hayan acudido a ejercer su derecho al voto. 

Ambos vocales deberán colaborar estrechamente con el presidente de mesa para asegurar un proceso transparente y justo. Además, deberán firmar las actas correspondientes y participar en el recuento de votos.

Interventores

Los interventores son personas designadas por los partidos políticos para velar por la transparencia del proceso electoral en las mesas. Cada partido puede contar con un máximo de dos interventores en cada una de ellas y los interventores pueden sentarse en la mesa en que estén acreditados. 

Su función principal es garantizar que el proceso electoral se desarrolle de manera correcta y transparente. Tienen la potestad de poner reclamaciones o protestas y solicitar certificaciones al presidente de la mesa electoral. 

Apoderados

Los apoderados son representantes de las diferentes candidaturas y tienen la responsabilidad de supervisar el desarrollo de los actos y operaciones electorales. Tienen acceso libre a todos los colegios electorales y pueden examinar el proceso de votación y escrutinio. 

Los apoderados pueden acceder libremente a todos los locales electorales, examinar el desarrollo de la votación, en cualquier mesa, así como formular reclamaciones y protestas y pedir certificaciones. Al igual que los interventores, los apoderados pueden presentar reclamaciones o protestas y solicitar certificaciones al presidente de la mesa electoral

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Etiquetas: Leyes, Gobiernos