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¿Qué pasa si no acudes a la mesa electoral el 28M?

mesa electoral

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Los seleccionados para formar parte de una mesa electoral que no acuden a la cita, sin causa justificada, se enfrentan a multas económicas de 6 a 24 meses e incluso a penas de tres meses a un año de prisión, según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

En España votar no es obligatorio, pero si formar parte de la mesa electoral en caso de que te haya tocado, ya sea como presidente, vocal o suplente. En caso de no presentar una causa justificada a una mesa electoral, la policía nacional, municipal, o Guardia Civil pueden presentarse en tu vivienda y te atienes a una multa económica 6 a 24 meses o incluso a penas de hasta 1 año de prisión.

Así lo estable el artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que determina que aquellos que dejen de asistir o abandonen sus funciones en la mesa electoral sin “una razón legítima” estarán sujetos a una pena de prisión de tres meses a un año y multas. En algunos casos los jueces han fallado en multas en torno a los 2.700 y 7.200 € por no presentarse a una mesa electoral como las del próximo 28M.

votar online

Es posible que aún no haya llegado la carta por correo certificado a tu domicilio. En este artículo te contamos cómo saber online si has sido seleccionado en las elecciones del 28M en el sorteo que se ha realizado entre el 28 de abril y el 2 de mayo. Puedes consultar la mesa dónde te toca votar a través de esta página del INE, pero saber si te han nombrado para una de esas mesas electorales depende de cada Ayuntamiento.

Respecto a la remuneración por asistencia, esta alcanza los 70 euros, un incentivo que para algunos puede ser interesante a la hora de formar parte de la mesa electoral en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo de 2023.

Plazo para la justificación de ausencia a la mesa electoral

Existen varios casos como la edad (mayor de 70 años), enfermedad, operación quirúrgica o alguna de estas excepciones tipificadas para librarte de una mesa electoral que pueden justificar tu ausencia a la mesa electoral.

Para comprobar que tu motivo es justificable es necesario enviar tu situación a través de este enlace en un plazo de 7 días desde la notificación. En caso de atenerse a una de las posibles exenciones, no habría problemas legales en caso de que no acudieras a tu cita electoral como presidente de mesa, vocal o suplente en las elecciones del 28M.

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Etiquetas: Leyes, policía, Gobiernos