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5 cosas que debes saber si quieres volar un dron legalmente

Alberto Iglesias Fraga

Drones

Cada vez es más frecuente verlos surcar los cielos, en convivencia con aviones y pájaros de toda clase. Hablamos de los drones, también conocidos como aeronaves no tripuladas (UAV), un tipo de dispositivo capaz de moverse libremente por el aire mediante control remoto e incluso de manera automatizada.

Un formato que ya comienza a ser habitual, no solo en el ámbito recreativo sino también empresarial. No en vano, la Comisión Europea prevé que, de aquí a 2035, el sector europeo de los drones dará empleo directamente a más de 100.000 personas y tendrá un impacto económico superior a los 10.000 millones de euros al año.

Entre otros, los drones están creando nuevos perfiles en sectores tan variopintos como la industria audiovisual o de entretenimiento, en los estudios urbanísticos, para delimitar parcelas o en el análisis de condiciones medioambientales de toda índole.

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Pero no es todo tan sencillo ni tan inocente como parece. Muchas personas vuelan drones sin saber que pueden estar incumpliendo la ley, en concreto el Real decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, que regula el uso de estos dispositivos en nuestro país. Y ello puede conllevar multas y sanciones que le pueden amargar el día a cualquiera.

¿Cuáles son las sanciones más frecuentes? ¿A qué nos exponemos al volar un dron sin tener en cuenta los principios legales básicos? Os lo contamos a continuación.

Las multas más habituales: vulnerar la intimidad y provocar accidentes

Drones DGT

Lo primero es saber que la mayoría de denuncias relacionadas con el mundo de los drones tiene que ver con la vulneración de los derechos a la intimidad o al honor. En estos casos, hay que tener en mente también la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, ya que se entiende que el uso del dron no es más que el medio para obtener imágenes ilegales de una persona, como lo podríamos hacer mediante un teleobjetivo o por cualquier otro modo.

En torno a la segunda causa de denuncia más frecuente hablamos de los accidentes, ya que si un dron cae, puede provocar una serie de daños -materiales y, en el peor de los casos, humanos- que deben ser paliados.

En cualquier caso, las sanciones por el incumplimiento de lo establecido en el Real decreto 1036/2017, van desde 60 euros en los casos más leves hasta 225.000 en los más graves. A estas cantidades, habría que añadir la reparación de daños causados, las indemnizaciones, etc.

Licencia sí, licencia no

Dron

Una vulneración fragante de la normativa es obviar la licencia obligatoria siempre y cuando se haga un uso profesional del dron. Pero si lo que buscamos con el dron es solo diversión, no necesitamos ninguna licencia. 

Igualmente, también hace falta un certificado médico que acredite que el piloto no sufre ningún problema de salud que le impida manejar la aeronave. Un documento que puede obtenerse fácilmente en cualquier centro de psicotécnicos de nuestro país.

 

Cuidado con dónde vuelas el dron

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Un detalle clave radica en la localización de los drones, ya que existen zonas prohibidas para el uso de estas aeronaves no tripuladas. Por ejemplo, en el caso de los vuelos recreativos no podremos hacer volar el dron si hay un aeropuerto o un aeródromo a menos de 8 kilómetros de distancia, así como tampoco dentro de un espacio aéreo controlado.

Por supuesto, la ley establece que el dron deberá permanecer siempre dentro del alcance visual del piloto y no elevarse más de 120 metros desde el suelo, como nos recuerdan desde la la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y su seminario 'Drones y Derecho'. 

También hay que recordar que los vuelos nocturnos están permitidos para drones con un peso inferior a 2 kilos y con una altura máxima de 50 metros. Y que si estamos volando en una ciudad o sobre aglomeraciones de personas solo se permite el trayecto a una altura máxima de 20 metros y con drones que no pesen más de 250 gramos.

 

Contratar un seguro no es obligatorio, pero sí recomendable

Un dron con una cámara de vigilancia.
Un dron con una cámara de vigilancia.

En la normativa vigente no se establece que sea necesario contratar un seguro de responsabilidad civil, como si es obligatorio hacerlo en el caso de otras aeronaves o vehículos a motor.

Sin embargo, esta clase de pólizas es más que recomendable ya que nos cubrirá en el caso de que se produzca un accidente y debamos indemnizar a un ciudadano o colectivo por los daños causados. También nos servirá como telón de fondo ante posibles denuncias y como garantía para desarrollar determinados proyectos a bordo de un dron.

La norma europea que está por venir

Consejos y guía para comprar un dron

Los expertos de la UOC también nos recuerdan que, el próximo año, entrará en vigor una nueva normativa de la Unión Europea para regular el sector. Con esta nueva ley se establecerán más medidas de seguridad y, por supuesto, la matriculación de los drones con el fin de facilitar su identificación transfronteriza.

Igualmente, también se impondrán más condiciones en torno al respeto medioambiental de los drones, tales como no utilizar baterías contaminantes, volarlos en áreas de alta sensibilidad o ecosistemas en peligro y con unos niveles máximos de contaminación acústica.

 

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