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Sentencia corta Internet a un usuario P2P sin identificar

Sentencia obliga al operador R a cortar el acceso a Internet a un usuario anónimo que comparte ficheros en redes P2P
Es la primera vez que una sentencia exige actuar al operador, tras no haberse identificado al usuario nito75, que compartía más de 5000 ficheros musicales en redes P2PSí se conoce su dirección IP, y por tanto el operador que usa para acceder a InternetLa sentencia sentará precedentes

Una sentencia de un juzgado de Barcelona obliga al operador gallego R a cortar el servicio de Internet a un abonado que intercambiaba ficheros musicales a través deredes P2P.

La novedad, en este caso, es que se trata de un usuario que no se ha podido identificar.

Sí se ha obtenido su dirección IP, y por tanto el operador tiene la obligación de cortarle el servicio, según la actual ley de Propiedad Intelectual.

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La sentencia del juzgado mercantil nº 6 de la Audiencia Provincial de Barcelona, adelantada por Expansión y publicada por El Mundo, obliga al operador de cable gallego R a suspender "de inmediato y de forma definitiva la prestación del servicio de acceso a Internet al usuario que utiliza el nickname nito75, tras afirmar que ha infringido los derechos de propiedad intelectual de las compañías discográficas demandantes".

Puesto que los demandantes, Promusicae y las principalesdiscográficas, no han podido identificar al usuario, han exigido actuar al propio operador R, pues con la dirección IP es posible cortarle la conexión.

Al parecer, el anónimo nito75 utilizó Direct Connect para compartir, a través de P2P, un total de 5097 archivos de música. Mediante un programa antipiratería de la compañía Dtecnet Software los demandantes identificaron al menos tres temas de Amaral, Joaquin Sabina y Extremoduro que estaban sujetos a derechos de autor.

Así, aplicando los artículos 138 y 139 de la nueva ley, que permiten dirigir la denuncia al intermediario (el operador), y no al infractor, las discográficas han conseguido cortar la conexión a Internet al mencionado nito75.

Es la primera vez que los demandantes recurren a este sistema, y lasentenciafavorable sin duda sentará precedentes en futuras demandas.

Por lo visto no se trata de una novedad de la Ley Sinde, pues este sistema ya estaba contemplado en anteriores legislaciones, aunque como hemos comentado, nunca se había utilizado.

[FuenteEl Mundo]

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Etiquetas: P2P, Operadores, compartir