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Cosas que nunca deberían cobrarte en un bar o restaurante según la OCU

Pareja almorzando

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Esto es todo lo que podría acabar por cobrarte un bar o restaurante y que en muchos casos no es legal.

Ahora con las fiestas se está intensificando salir más a la calle con nuestros amigos y familiares, y con ello se realizan cenas, comidas o incluso tapeo a muchas horas del día, unos gastos adicionales que vas a tener que soportar y que a veces pueden contar con cobros ocultos o mal especificados.

Ahora la OCU quiere darte una serie de consejos para que sepas qué cosas jamás deberían cobrarte en un bar o en un restaurante para que sepas lo que es legal y lo que es ilegal, para que puedas reclamar en cada momento a la hora del pago de la factura correspondiente.

Y es que cada vez son más los comercios los que empiezan a cobrar por una serie de extras o elementos que antes eran gratuitos como el agua del grifo, reservas anticipadas o incluso algo tan sencillo como unos cubitos de hielo, y es por ello que debes tenerlo en cuenta para tus próximas salidas.

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Cosas que nunca deberían cobrarte en un bar o restaurante según la OCU

Por una parte la OCU afirma que hay cinco cosas que no te pueden cobrar sin más en un restaurante, en una cafetería o en cualquier comercio. Lo más importante es el IVA, todos los precios de la carta deben tener el IVA incluido y no pueden jugar con los precios indicándolos sin IVA para que parezcan más baratos, esta práctica es ilegal.

Tampoco un establecimiento jamás puede cobrarte por el cubierto, porque es un servicio indispensable para que el cliente pueda consumir, por lo mismo que jamás deberían cobrar evidentemente por utilizar sus servicios o sentarte en una silla.

Tampoco pueden cobrarte un plus por la reserva. Lo que sí pueden hacer es cobrarte un adelanto para posteriormente descontarlo de la factura final. Por otra parte, si una de las reservas se cancelan por el tema del COVID-19, a tratarse de una cuestión de fuerza mayor, justificaría la cancelación del mismo y por tanto tendrías que recuperar tu dinero.

Sobre los polémicos suplementos por mesa o terraza son totalmente legales, siempre y cuando esté especificado por el establecimiento, con la cuantía correspondiente.

Algo que se ha llevado en práctica y que es de dudosa legalidad, es cobrar un suplemento por el Covid-19 y que tenga que repercutir en el cliente como tareas de mantenimiento y limpieza. Si quieren cobrarte este suplemento deben informarte por adelantado y deberías aceptarlo o no.

Luego la OCU también afirma cinco cosas que te cobran sin que te enteres, y uno es el aperitivo. Seguro que no ha sido la primera vez que has estado en un restaurante, y antes de comer te han puesto un aperitivo sobre la mesa pensando que era gratis, y luego te lo han cobrado. Es totalmente obligatorio que, por tu parte, antes de consumir el aperitivo preguntes si es gratis o no.

El pan también se puede cobrar, pero debe estar especificado en la lista de precios, detallándolo por comensal por unidad.

El agua del grifo, aunque parezca una locura, también es cobrado en ciertos establecimientos sirviéndolo en algún tipo de recipiente vanguardista para que tengan la excusa perfecta de cobrar. Si bien hay muy pocos establecimientos que hagan esto, la OCU afirma que sería una política “mezquina y cutre” cobrar por ella. Esto podría repercutir en las puntuaciones del establecimiento.

Lo mismo pasa con el hielo, dado que si cobraran por el hielo “sería algo abusivo” como si te cobraran por usar la vajilla, y deberían especificarlo en la lista de precios el costo del producto con y sin hielo.

Y finalmente la leche del café, donde deben estar obligados a especificar la diferencia de precio respecto a servir un café solo o con leche.

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Etiquetas: Alimentación