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La DGT cambia el sistema de notificación de multas y así afecta a este conjunto de conductores

Multa coche

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Si perteneces a un grupo concreto de conductores, la DGT te dejará de enviar cartas para notificarte las multas.

La DGT se adapta a las nuevas tecnologías, y en concreto un conjunto de usuarios, a partir de hoy 1 de noviembre, verán un cambio importante a la hora de recibir las distintas notificaciones de este organismo, sobre todo en lo que respecta a las multas por exceso de velocidad y otras tantas cuestiones.

Y es que si perteneces a un conjunto de usuarios concretos, la DGT empezará a enviar todas las multas, las de exceso de velocidad o las que sean, solo de forma telemática, y no leerlas a tiempo puede suponer una cuantiosa multa.

Y es que a partir de hoy, 1 de noviembre, entra en vigor el cambio anunciado sobre el nuevo sistema de notificación de multas, una forma de comunicarse con ciertos usuarios exclusivamente de forma telemática y que entierra la comunicación por vía postal.

En concreto hablamos del nuevo sistema de aviso de sanciones de tráfico que se van a notificar exclusivamente mediante la Dirección Electrónica Vial (DEV), un sistema en el que deberás darte de alta de forma obligatoria si eres persona jurídica, pero que a buen seguro también se instaurará para los conductores regulares a partir de los próximos meses, por lo que deberías conocerla.

Básicamente la Dirección Electrónica Vial (DEV) es el buzón digital de la DGT, en el cual vas a recibir todo tipo de notificaciones oficiales de este organismo de tráfico, y con ello también nos referimos a las pertinentes multas.

Así funciona este buzón digital de la DGT

Tendrás estas notificaciones 10 días disponibles para descargarlas y leerlas, y transcurrido ese tiempo sin consultarlas podría meterte en un buen problema dado que empezaría ya el plazo para pagarlas, y es que la persona jurídica es totalmente responsable de consultar este buzón de forma regular.

En todo caso la DGT enviará el aviso de que tenemos una notificación a nuestro número de teléfono asociado o al correo electrónico, con lo que será muy difícil que se nos pase por alto.

Como dijimos, la obligatoriedad de recibir las notificaciones de la DGT por este sistema digital únicamente incumbe a las personas jurídicas, es decir a las empresas o entidades como pueden ser compañías de alquiler de vehículos y demás.

De momento el resto de conductores que sean particulares no deben preocuparse, pero la intención de la DGT es que este sistema de notificación digital se extienda a todos los conductores durante los próximos años.

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