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La DGT resuelve la duda: ¿te pueden multar por adelantar en un radar de tramo?

Radar DGT

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En la revista de la Dirección General Tráfico nos explican si los agentes de tráfico pueden sancionarnos por adelantar cuando un radar de tramo nos está controlando. La respuesta no os va a gustar.

Pese a que todos hayamos tenido que estudiar las normas viales para aprobar el carnet de conducir, y otros tantos llevemos ya miles de kilómetros hechos, hay situaciones en las que desconocemos cómo hay que actuar.

Por ejemplo, como tomar las rotondas en cada situación, algo que en la DGT nos resolvieron hace unos días poniéndonos seis ejemplos muy habituales en las carreteras de nuestro país.

Y, siguiendo con esa labor divulgativa, ahora la Dirección General de Tráfico ha decidido responder a la pregunta de un lector al respecto de los adelantamientos en carreteras convencionales con radares de tramo. Es decir, los radares que miden la velocidad de un vehículo en un tramo de la carretera.

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Y no en sólo punto concreto, como son la mayoría de radares. De ahí que haya más dudas al respecto.

Según explica la DGT: si en una carretera convencional de 90 km/h de limite de velocidad un coche aumenta en 20 km/h su velocidad para adelantar a otro vehículo y en esa vía hay un radar de tramo, Tráfico podría multarnos porque así lo dice la Ley de Seguridad Vidal.

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Eso sí, explican que serían pertinentes las correspondientes alegaciones alegaciones legales, ya que podría recurrirse y pelearlo en los tribunales, justificando la acción y explicando la situación.

Pese a ello, lo que nos deja claro la DGT es que por mucha razón que creamos tener, la acción acarrea multa en un primer momento, así que lo mejor en estos casos es no adelantar en ese tramo para ahorrarnos todo el proceso judicial posterior.

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