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Histórica sentencia que podría servir para reducir el importe de las multas de los radares de la DGT

Límite velocidad DGT

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Esta sentencia ganada a la DGT, podría provocar un efecto dominó en la que muchos conductores sancionados por exceso de velocidad podrían recurrir sus multas.

La sanción más común que se suele poner en nuestras carreteras durante todo el año son las multas de velocidad, unas multas que pueden ir desde 100 € y sin pérdida de puntos del carnet de conducir, hasta los 600 € y la retirada de seis puntos del carnet, según la velocidad del vehículo y en qué autovía fue cazado.

Este tipo de sanciones por sobrepasar el límite de velocidad son cazadas por los radares, móviles o fijos, que están dispersos en nuestras carreteras, y quizás alguna de las multas que has recibido por exceso de velocidad no han sido del todo precisas.

Ahora una sentencia contra la DGT,  llevada por la asesoría jurídica Pyramid Consulting, información vía Elespañol, puede provocar un efecto dominó que podría animar a muchos conductores a llevar sus sanciones por exceso de velocidad a los tribunales para intentar recuperar puntos del carnet de conducir o para pagar multas menos cuantiosas.

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Un conductor fue multado por circular a 152 km/h por la autovía A-52 km 257,5 de la provincia de Ourense, una multa efectiva tras sobrepasar el límite de 120 km/h acarreándole una sanción de 500 € y la pérdida de dos puntos del carnet de conducir.

Se alegó que existía un fallo en el margen de error, un margen de error que tienen todos los radares por defecto y que parece que no fue aplicado correctamente en este caso.

Según la sentencia, cuando el propietario del vehículo estaba circulando por la autovía en la que fue multado, el radar no aplicó de forma correcta los márgenes de error, considerando la fotografía realizada como algo insuficiente para la sanción. El propietario alegó que es imposible que el vehículo circule de manera paralela al radar para que pueda aplicar correctamente el margen de error sin que exista fallo.

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Los radares forman ya parte de las carreteras españolas, los conductores se han acostumbrado a convivir con ellos a pesar de lo mal que sienta que te multen. Sin embargo, muchos no son realmente conscientes de todo lo que son capaces de hacer estos dispositivos. 

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Si no se aplica el margen de error correspondiente, el interesado puede acogerse a la llamada orden del derecho a la defensión. Así que con esto, el conductor sancionado ha demostrado que los radares no siempre tienen ese margen de error acertado, ganando la sentencia  y reduciendo su multa a solo 100 € y sin pérdida de puntos.

Cabe aclarar que los radares de la DGT cuentan con un margen de error de 7 km/h cuando el límite de velocidad establecido es de 100 km/h o menos, variando este sistema de medición según se circule por autovías o bien por autopista.

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