Las ocho multas, ordenadas por precio, que te pueden poner yendo en patinete eléctrico
Noelia López

Se acabó el vacío legal. La Dirección General de Tráfico ha puesto punto y final a la larga lista de dudas que genera el uso de Vehículos de Movilidad Personal con una instrucción en la que, entre otras cosas, repasa las ocho multas que te pueden poner con un patinete eléctrico.
Desde Tráfico llevan tiempo expresando su preocupación por el creciente uso de los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como una alternativa real para la movilidad urbana pero sin una normativa que establezca quién, cómo, cuándo y dónde se pueden utilizar. Al ser vehículos que se utilizan en el interior de las ciudades deben ser los ayuntamientos quienes establezcan las normas, aunque dada su proliferación fueron muchos los que pidieron una regulación nacional en la que basarse.
La DGT aceptó el desafío y en varias ocasiones hemos escuchado a Pere Navarro, director general de Tráfico, hablar de su intención de regular el uso de patinetes eléctricos con medidas que limiten su velocidad máxima a 25 km/h.
Mientras se prepara y aprueban los cambios en el Reglamento General de Circulación referidos al uso de VMP, la DGT ha dado un paso intermedio con la publicación de una "instrucción transitoria en la que establece una serie de criterios clarificadores dirigidos a los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), ayuntamientos y agentes de la autoridad".
El texto legal indica qué vehículos pueden tener la consideración de VMP. Se entiende por tales, vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h, por lo que quedan excluidos de esta consideración:
- Vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín
- Vehículos concebidos para competición
- Vehículos para personas con movilidad reducida
- Vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) N2 168/2013: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas…. Se recuerda que estos vehículos requieren de la autorización administrativa para conducir, circular y tener una póliza de seguro, además del uso del casco
Como norma general, los que no sobrepasen la velocidad de 6 km/h tienen la consideración de juguetes.
Las multas que te pueden poner con un patinete eléctrico
La instrucción publicada por la DGT recoge también qué actitudes de los usuarios de VMP son punibles. Recuerda que a los Vehículos de Movilidad Personal no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio. Por tanto, las multas son económica y nunca conlleva la retirada de puntos del permiso de conducir.
Con esta información hemos elaborado una tabla que recoge las ocho multas que te pueden poner con un patinete eléctrico y su cuantía:
Conducir bajo los efectos del alcohol |
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Negarse a realizar la prueba de alcohol |
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Usar el móvil |
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Utilizar auriculares |
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No usar casco |
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Circular por aceras y zonas peatonales |
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Transportar pasajeros |
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Conducción negligente |
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Este artículo fue publicado por Noelia López en Autobild.