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¿Es obligatorio llevar casco para ir en patinete por Madrid?

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Los patinetes eléctricos han llegado para quedarse. Forman parte ya del paisaje urbano de todas las ciudades españolas, especialmente aquellas en la que las distancias hacen complicado ir andando de un punto a otro, como por ejemplo Madrid, Barcelona, Sevilla o Valencia.

En la primera de estas, Madrid, los patinetes han triunfado hasta el punto de tener al menos 17 empresas que los alquilan en plena calle. Eso ha hecho que el Ayuntamiento tenga que aprobar de forma acelerada una Ordenanza de Movilidad Urbana para regular el uso del patinete y otros vehículos de movilidad personal.

La pregunta del millón es: ¿es obligatorio el caso en patinete eléctrico en Madrid? La verdad es que depende, y es que aquí chocan varias normativas, la de la DGT por un lado y la del Ayuntamiento por otro. No obstante, por ahora tiene prevalencia la OMU de Madrid, que es muy clara en lo que al uso del casco respecta.

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Obligatorio sólo en dos supuestos

Hay dos casos en los que es obligatorio usar casco: el primero de ellos es si la persona que lo conduce es un menor de 16 años. En tal supuesto, la normativa especifica que es obligatorio sí o sí.

El otro supuesto es que la persona esté realizando una actividad comercial, como por ejemplo puede ser una visita turística con guía. No sólo es obligatorio que lo lleve el guía sino también todos los usuarios.

Esto se aplica no sólo a patinetes, sino a Segway y otros vehículos de movilidad personal motorizados.

A continuación compartimos la cita textual de la OMU de Madrid:

"Como ya sucede con las bicicletas, las personas menores de 16 años usuarias de vehículos de movilidad urbana de los tipos A y B (patinetes eléctricos y Segways) deben llevar casco.

Los vehículos de movilidad urbana que se utilicen para la realización de actividades económicas, como visitas turísticas, deben contar para poder circular con un seguro de responsabilidad civil obligatoria que responda de los posibles daños que se pudieran ocasionar a terceros. Además, las personas usuarias de los de tipos A y B para dichas actividades deberán llevar casco".

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Por ahora, esta ordenanza de movilidad regula todo lo necesario sobre el uso de VMP en la capital, aunque ha sido duramente criticada por las restricciones que impone a la hora de circular por aceras y calzadas, y es que aunque muchos usuarios entienden que su lugar es la acera, dicha ley establece que al ser vehículos motorizados deben ir por la carretera, salvo contados casos en los que la acera es lo suficientemente amplia.

Por ahora en Madrid, a diferencia de ciudades como Valencia o Sevilla, la red de carriles bici o carriles segregados es casi inexistente, así que es la calzada el lugar que corresponde a patinetes eléctricos y vehículos similares.

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