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¿Puede multarte la DGT por comer o morderte las uñas al volante?

Comer mientras conduces

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Cualquier distracción al volante o actividad que requiera liberar alguna de las dos manos puede ser sancionable, por muy extraña que sea. 

Cuando conducimos podemos sentirnos lo suficientemente confiados para realizar alguna acción peligrosa, aunque sea simplemente modernos las uñas o buscar una canción que nos apetece oír. Sin embargo, esto puede aumentar el riesgo de sufrir un accidente. 

La mayoría de conductores tiene claro que está prohibido usar el teléfono mientras está conduciendo, pero no sabe que pueden ponerle una multa si se dedica a comer o morderse las uñas. Sucede lo mismo con el uso de chanclas en vez de zapatos o el hecho de ir sin camisetas, preguntas que los conductores se han planteado durante mucho tiempo y parecen más un bulo que una afirmación veraz.

La cuestión para todos estos casos es que el Reglamento de Conductores no recoge expresamente el hecho de que morderse las uñas al volante sea motivo de sanción, como tampoco se indica que en las demás situaciones se pueda multar al conductor, salvo por el hecho de usar el teléfono, ese sí está prohibido. 

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No obstante, aunque no estén indicadas como infracciones, si podemos encontrarnos con una bonita multa por realizar estas acciones gracias a la libertad que tienen los agentes de tráfico para interpretar  la norma. Esto deja abierta la puerta a que puedan multar si consideran que al mordernos las uñas estamos poniendo en peligro nuestra seguridad y la del resto de personas. 

Por ejemplo, en el artículo 17.1 del Reglamento de Circulación se indica que "los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos". Por otro lado,  en el artículo 3.1, el texto "hace referencia a la forma de conducción, que debe hacerse con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno; y prohíbe terminantemente conducir de modo negligente o temerario".

Ante esto podríamos deducir que comer en el coche mientras conducimos puede ser sancionable, si nos distrae de la carretera. Imagina que se te cae algo de la comida y tratas de limpiarlo, aunque sea segundos, estás dejando de prestar atención en la carretera y no tienes la mano cerca del volante para controlarlo. 

En el caso de las uñas, en 2015 el caso de un conductor sancionado a 80 euros de multa salto a todos los medios. Colocar el brazo en la ventanilla en vez de sujetar el volante con las dos manos puede costar hasta 100 euros. Al volante, es mejor conducir y nada más, si necesitas comer o descansar, para en una estación o gasolinera. 

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