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¿Qué es el Registro de Apoderamientos de la DGT y por qué te interesa saber cómo funciona?

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La DGT cuenta con un procedimiento que muy pocos conocen por el que podemos pedirle a otra persona que realice un trámite en nuestro nombre. Este ejercicio de representación se puede hacer de forma fácil y rápida.

De forma telemática y sin ningún desplazamiento podemos realizar una serie de trámites en la Dirección General de Tráfico en nombre de algún familiar o amigo que necesite ayuda. Es lo que se conoce como Registro de apoderamiento. 

Para un único trámite o de forma general, el Registro de apoderamiento permite conceder a otra persona el poder de representarte o actuar en tu nombre. Ante las jefaturas de tráfico o por la sede digital de la DGT, esa tercera persona a la que has registrado como representante o apoderado puede realizar el trámite rápido y fácil. 

Primero es necesario registrar la representación en el Registro de apoderamientos de la DGT, procedimiento que puedes realizar por internet con una aplicación, por teléfono (016), o de manera presencial acudiendo a las Oficinas de Tráfico con el formulario de otorgamiento o revocación relleno y firmado por ambas partes. Ninguno de estos procedimientos tiene coste y se pueden realizar todas las veces que sea necesario.

Para realizar una solicitud de representación es necesario tener una serie de documentos, sobre todo si se va a realizar de forma presencial. Estos son:

  • Impreso o formulario de otorgamiento o revocación de representación cumplimentado y firmado por ambas partes
  • NIF/NIE/CIF representado o fotocopia compulsada.
  • Si el representante es una persona física, ha de presentar su NIF/NIE correspondiente y, en caso de que sea persona jurídica, además, original o copia compulsada del CIF de la empresa y aquella documentación que acredite la vinculación de representante en nombre de dicha persona jurídica.

Los representantes (puede haber más de uno por representado) pueden realizar varios trámites como realizar transferencias, notificar ventas, emitir informes de vehículos o leer las notificaciones que le lleguen a su representado a la Dirección Electrónica Vial. Este es el listado completo.

El plazo máximo de vigencia de las representaciones puede ser de 180 días. Si realizas la solicitud por internet puedes indicar el tiempo que quieras dentro de ese límite, mientras que si es por teléfono el plazo se queda en un mes contando desde ese día con la posibilidad de prorrogarlo en determinados casos. 

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