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La Unión Europea anula el canon digital aprobado por el PP

Leandro Crisol

La Unión Europea anula el canon digital aprobado por el PP

En el año 1992 el gobierno de Felipe González aprobó en España el primer canon digital, y se amplió posteriormente en 2006 durante la legislatura de José Luis Rodriguez Zapatero, ambos presidentes del Gobierno por el PSOE. Se trataba básicamente de añadir un impuesto cuya recaudación iría destinada a amortiguar el efecto de la piratería.

El problema es que este canon digital se aplicó de modo que cualquier CD, DVD, grabadora de discos, y otros dispositivos electrónicos viesen aplicado un impuesto sobre su precio. Se consideraba así que cualquier adquisición de estos productos pretendía almacenar o difundir, de manera privada, contenido que estaba sometido a derechos de autor.

En aquel entonces estaba claro que no era una medida justa ya que no todos los ciudadanos que compraban estos productos lo hacían con la intención de piratear. Con la llegada del Gobierno de Mariano Rajoy por el PP a España, en el año 2011 una de sus primeras medidas fue la modificación de este canon digital.

A partir del año 2012 se dejaba de aplicar el impuesto que se había mantenido casi durante una década, pero se seguía destinando dinero a los creadores de contenido. La diferencia es que en esta ocasión, este dinero surgía directamente de los Presupuestos Generales del Estado, la base sobre la que se mueve la economía del país cada año.

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Ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha declarado que este canon no es compatible con la directiva comunitaria de derechos de autor, ya que no asegura que el coste de la compensación a los creadores de contenido sea soportado, en último término, solo por los usuarios de copias privadas.

Aunque el canon digital aprobado por el PP haya sido rechazado por la UE, en su día el que aprobaron y modificaron los gobiernos del PSOE también fueron declarados abusivos. La clave está en el concepto de copia privada, ya que las reproducciones que realizan personas físicas para su uso privado no son ilegales.

Por este motivo la normativa anterior aplicaba un impuesto a los particulares que adquirían los productos mencionados, y no a las empresas. El problema con el canon vigente es que el impuesto recae indiscriminadamente sobre todos los ciudadanos, y también empresas e incluso entidades no sujetas al mismo.

Ahora el caso volverá de nuevo a manos del Tribunal Supremo español, que tendrá que dictar sentencia sobre este asunto teniendo en cuenta lo que ha transmitido el TJUE.

[Fuente: Comunicado de prensa del Tribunal de Justicia de la Unión Europa]

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