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¿A dónde va a parar el dinero que se recauda con las multas de tráfico?

Multas que no conocías

Noelia López

Es muy posible que te hayas preguntado alguna vez a dónde va a parar el dinero de las multas de tráfico, especialmente después de que te hayan puesto una y, sobre todo, después de resignarte y abonar el importe.

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial dice textualmente en su disposición adicional tercera que "el importe de las sanciones económicas obtenidas por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en el ámbito de la Administración General del Estado, se destinará íntegramente a la financiación de actuaciones y servicios en materia de seguridad vial, prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas".

He ahí la respuesta a tu pregunta. Pero, sin ánimo de ser malpensados: ¿esto se cumple?

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Según publicaba EuropaPress la semana pasada, el Tribunal de Cuentas no tiene nada claro que Tráfico destine todo el dinero que recauda en multas a seguridad vial tal y como establece la Ley.

Así lo ha denunciado ante el Congreso donde ha acusado a la Jefatura Central de Tráfico de "falta de transparencia en la gestión y cobro de tasas y multas".

Basa su acusación en tres hechos que han constatado tras una fiscalización realizada al ejercicio 2015:

  • la contabilización de los ingresos se producía una vez que las multas habían sido abonadas, lo que, según el Tribunal de Cuentas va en contra del principio de devengo
    Según recoge la agencia de noticias, esto da lugar a un desfase en las cuentas de 524 millones de euros.
  • por el contrario, el criterio utilizado para la contabilización de las tasas determinó que en la liquidación de impuestos de ese año figuraran pendientes de cobro 56 millones de euros
  • en 2015, la Jefatura Central de Tráfico arrojó un superávit de 295 millones de euros por la suma de ingresos de multas y tasas

¿A dónde ha ido a parar el dinero de las multas?

La duda sobre si Tráfico está cumpliendo o no con lo que establece Ley sobre la recaudación de las multas de tráfico la siembra el Tribunal de Cuentas con estas palabras: "no se ha podido determinar si el superávit estuvo motivado por el exceso de recaudación de las tasas con respecto al coste del servicio, en cuyo caso no se ajustaría a la ley de tasas".

El Tribunal aporta una segunda posibilidad al asegurar que tampoco se puede constatar que ese superávit se deba "a que no se destinó íntegramente el importe de las multas recaudadas a la financiación de actuaciones en materia de seguridad vial, prevención de accidentes y ayuda a las víctimas, como dispone la normativa".

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