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Las multas que te pueden poner con los límites de velocidad de la DGT en ciudad

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30 velocidad

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En pocas horas se pondrá en marcha el nuevo límite de velocidad dentro de las ciudades. De no respetarlo, nos enfrentamos a importantes multas y la pérdida de puntos del carnet.

A partir del 11 de mayo a la hora de circular por ciudad será necesario tener más cuidado. Los nuevos límites de velocidad ya deberían estar indicados y nos enfrentamos a nuevas multas y sanciones por no respetarlos, un error u olvido no es excusa.

Ya no hay vuelta atrás, a partir del 11 de mayo se establecerá el nuevo código para circular por ciudad. Los ayuntamientos han tenido 6 meses para modificar la señalización y analizar cómo aplicar los cambios, ahora queda por ver cómo se adaptan los conductores. 

Con el siguiente video explicativo te será mucho más sencillo comprender los cambios para que a partir de mañana no cometas ningún fallo que te cueste caro. Las multas pueden alcanzar los 600 euros si se excede estos nuevos límites. 

En el Artículo 50 del Reglamento General de Circulación se establece que el límite de velocidad que se puede alcanzar en aquellas calles que tengan una plataforma única de calzada y acera el límite es de 20 km/h. Aquí las multas que comenta la DGT son las siguientes:

  • Entre 21 y 40 km/h: 100 euros sin resta de puntos en el carnet de conducir. 
  • Entre 41 y 50 km/h: 300 euros y 2 puntos.
  • Entre 51 y 60 km/h: 400 euros y 4 puntos.
  • A partir de 71 km/h: 600 euros y 6 puntos.

En siguiente lugar están las calles con un único carril por sentido de circulación en las que el máximo se queda en 30 km/h. En este caso las multas a las que te arriesgas son las siguientes:

  • Entre 31 y 50 km/h: 100 euros sin puntos.
  • Entre 51 y 60 km/h: 300 euros y 2 puntos.
  • Entre 61 y 70 km/h: 400 euros y 4 puntos. 
  • Por encima de 81 km/h: 600 euros y 6 puntos.

Las únicas que no cambian son las calles en las hay dos o más carriles por sentido de circulación cuyo límite sigue siendo de 50 km/h. También hay que recordar que en las carreteras convencionales se elimina el margen extra de 20 km/h para adelantar a otros vehículos

En ese caso la multa es de 100 euros, cifra que va creciendo hasta los 600 euros y los 6 puntos de carnet si excedemos el límite establecido en esa carretera convencional en más de 70 km/h extras.

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