Logo Computerhoy.com

Estos son tus derechos si tienes que cancelar un viaje por repuntes del COVID-19 según la OCU

Vuelo avión
Depositphotos

El repunte de casos positivos en Europa y parte del mundo vuelve a poner sobre la mesa de los distintos gobiernos la imposición de confinamientos y mayores restricciones de movilidad que pueden llegar a afectar a viajes y desplazamientos. Estos son tus derechos si se cancela tu viaje a causa de COVID-19.

Tras unos meses de tranquilidad propiciada por el avance de la vacunación, las cifras de positivos en COVID-19 entre la población no vacunada se han disparado en toda Europa y parte del mundo.

Este incremento en la incidencia acumulada hace prever la llegada de una nueva ola que ya está obligando a muchos gobiernos a imponer confinamientos y endurecer las restricciones de movilidad entre territorios con cierres perimetrales, pudiendo llegar a cancelarse viajes o desplazamientos como ya ha sucedido en anteriores olas de 2020.

Desde la OCU advierten que, si ya tienes tu viaje reservado, y se cancela tu vuelo o no puedes acceder a determinadas zonas en un viaje combinado, mantienes una serie de derechos como consumidor.

El origen de la vacunación que puede ayudarnos a entender lo que está pasando y sus riesgos

El origen de la vacunación que puede ayudarnos a entender lo que está pasando y sus riesgos

Los científicos aseguran que no se han saltado ninguna fase para crear las nuevas vacunas para la COVID-19 aunque los tiempos no coinciden y está generando dudas.

Saber más

Durante la primera ola de la pandemia se aprobaron una serie de medidas excepcionales que obligaban a las compañías a reembolsar el precio íntegro del billete (salvo gastos indebidos adicionales que deberán desglosarse) o, como alternativa, las compañías pueden ofrecer un bono equivalente que puedes canjear más adelante.

La aceptación de este bono equivalente es totalmente opcional y voluntario, por lo que la compañía no puede imponerlo como única alternativa y siempre debe ir acompañada de la oferta de reembolso del importe pagado.

Según el Reglamento Europeo 261/04, los consumidores tienen derecho a la devolución integra del billete cuando la compañía cancela el vuelo en el que debías viajar. Esta medida no se aplica exclusivamente a las restricciones por COVID-19, pero dada la situación de pandemia, también se aplica como motivo justificado.

Si en lugar de cancelar el vuelo, lo que se cancela es el acceso al país de destino sin causas justificadas y el viaje combinado se cancela, la agencia de viajes también deberá reembolsar el importe pagado.

Al igual que en el primer supuesto que hemos mencionado, la agencia de viajes puede ofrecer un bono por el mismo valor para canjearlo más adelante cuando la situación epidemiológica mejore, pero esto siempre será una alternativa voluntaria para el consumidor y en ningún caso debe ser una imposición o la única opción posible.

Si decides aceptar el bono equivalente opcional que ofrecen las agencias de viajes. Debes saber que este tiene una validez de un año. Si transcurre ese periodo y no lo has canjeado, puedes volver a solicitar el reembolso completo del importe pagado por el viaje. Esta devolución del pago deberá realizarse en un plazo inferior a 14 días.

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Computerhoy.

Etiquetas: Viajes, Consumo