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5 bulos sobre la nueva ITV que no te debes creer

Noelia López

ITV

Aunque hemos hablado largo y tendido sobre ella, la nueva normativa que regula la inspección técnica de vehículos sigue generando muchas dudas. Eso ha hecho que circulen por ahí ciertas informaciones que no son ciertas. A continuación, desmontamos siete bulos sobre la nueva ITV.

Bulo nº1: No puedo circular si no me han hecho el diagnóstico a bordo (OBD)

Lo de que la ITV se meta en las tripas de tu coche a través de un aparato de diagnosis es algo obligatorio desde el 10 de septiembre. De manera que si pasaste la inspección antes de esa fecha y no utilizaron un sistema de diagnóstico a bordo no pasa nada, ya lo harán en la próxima inspección.

En un primer momento se está analizando el sistema de control de emisiones del vehículo, supervisando si existen averías, códigos de error o algún tipo de manipulación fraudulenta.

Esto no es más que el comienzo, ya que después, cuando el Ministerio de Industria lo establezca, vendrá la inspección de los sistemas de seguridad controlados electrónicamente, tales como el airbag, el ABS...

Bulo nº2: no puedo circular con un coche diésel

Es una interpretación muy extrema de las nuevas normas anticontaminación, pero se escucha por ahí...

En este sentido, AECA-ITV quiere dejar claro que los que no podrán circular serán los diésel que contaminen más de la cuenta, es decir, aquellos que no pasen las pruebas de emisiones (pero exactamente igual que un gasolina que arroje resultados de gases superiores a los permitidos).

Taller coche eléctrico

Bulo nº3: con la nueva norma, puedes retrasar la ITV

Que no te confundan. La nueva norma de ITV no permite retrasar la fecha en la que tu coche debe pasar la inspección. 

Lo que sí puedes, y es lo que ha cambiado, es adelantar la fecha de la inspección hasta un mes, sin esperar al vencimiento del plazo preestablecido y sin que ello afecte a la fecha de la siguiente inspección.

Bulo nº4: habrá muchos más suspensos por emisiones

Las malas lenguas están haciendo correr el rumor de que con la nueva prueba de emisiones habrá muchos más suspensos.

La asociación de estaciones de ITV asegura que no tiene por qué ser así. "Los límites no se modifican; lo que cambia ahora es la forma en la que se inspeccionan determinados vehículos a través del OBD", explican desde AECA ITV.

"No sustituye al control de emisiones física (tal como se hace actualmente). Primero se efectuará el chequeo del sistema de emisiones del vehículo por el puerto OBD y si todo está correcto, se seguirá con la verificación de los gases por el tubo de escape", aseguran.

La famosa pegatina de la ITV, ¿de verdad es obligatorio llevarla puesta?

Sí hay novedades en caso de que la ITV sea desfavorable.

La nueva norma permite acudir a otra estación de ITV si una ha dado el no a la inspección. Ahora bien, esta nueva inspección al ser en distinta empresa o centro de ITV tendrá un coste que dependerá de cada empresa.

En caso de que hayas tenido que hacer alguna reparación en tu coche, tendrás que presentar el CIF o Razón Social del taller que haya hecho la reparación que será anotado en el Informe de Inspección. Si lo has arreglado tú mismo, en el informe anotarán "autoreparación". 

En el primer caso, si bien no es obligatorio, es recomendable que puedas aportar la factura del lugar donde hayas reparado el vehículo.

Bulo nº5: el cuentakilómetros ya no cuenta

¡Falso! El cuentakilómetros siempre ha contado para la ITV y lo sigue haciendo.

Desde 2013, en las estaciones se toma nota de los kilómetros y se añaden al informe. Si lo tienes defectuoso, fuera de servicio o no se puede leer, reemplázalo antes de acudir a tu cita, ya que en caso contrario, la inspección será desfavorable. Es obligatorio que se puedan ver los kilómetros y que no haya evidencias de manipulación.

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