Los impuestos a pagar en España si tienes, compras o vendes criptomonedas
En España todas las actividades económicas están reguladas, y el uso de criptomonedas no es un excepción, por eso explicamos de forma pormenorizada qué ocurre con nuestras ganancias y pérdidas.
De un día para otro miles de españoles se metieron en el negocio de las criptomonedas. Unos comprando y otros minando, pero al final todo en el mismo saco.
Durante un tiempo estuvieron exentas de impuestos y regulaciones, ya que al ser una actividad totalmente nueva no se sabía muy bien qué hacer. Ahora, en pleno 2021, la Agencia Tributaria tiene clara bastantes cuestiones a la hora de regularizar la actividad.
Por eso, vamos a explicar las preguntas más recurrentes al respecto. Que si bien no son muchas son bastante importantes, ya que más de uno podría incurrir en ilegalidades sin quererlo. Empezamos:
- ¿Si cambio Bitcoins por Ethereum tengo que pagar impuestos? Según explican, la Agencia Tributaria obliga a pagar la diferencia en la Declaración de la Renta. Es decir, si pasamos de una criptomoneda por otra y en el cambio hemos ganado dinero, nuestra obligación es presentar esa ganancia en la declaración.
- ¿Si mis criptos han subido de valor pero no cambio monedas ni saco el dinero debo pagar? No, pese a que tu patrimonio haya subido al pasar el Bitcoin de 30.000 euros a 50.000, la Agencia no te pedirá que tributes por esas ganancia de patrimonio. SI no hay transacción no hay pago.
- ¿Si mino criptomonedas tengo que pagar algo? Esto se considera una actividad económica, así que tiene obligaciones fiscales relacionadas. No se puede minar sin reflejarlo en la declaración, principalmente porque estas ganando dinero como con cualquier otra actividad.
- ¿Hay que pagar IVA por tener criptomonedas? No, la compra-venta de criptos no devenga IVA.
- ¿Hay que pagar el IVA sin compramos bienes y servicios a través de criptomonedas? En ese caso sí, ya que el IVA lo soportan los bienes y servicios, no la propia moneda en sí. Si solemos comprar a través de Ethereum o Bitcoin debemos saber que hay que introducir el 21% de IVA correspondiente.
Por último, los expertos también explican que si hemos sufrido perdidas invirtiendo en criptomonedas podemos compensarlo a través de las ganancias patrimoniales que hayamos tenido por otro lado, consiguiendo así que perder dinero no duela tanto en la declaración a final de año.
Casi 10 años más tarde vemos como, las criptomonedas, se han normalizado en el sistema económico, dejando de ser un vía alternativa libre de todo control. Por fortuna y desgracia, dependiendo de a quién le preguntes.
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