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25 aniversario de Computer Hoy: navegación y llamadas, se acabó el roaming en la UE

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Depositphotos

Tras una largo periodo de negociaciones entre el Parlamento Europeo y las operadoras de telefonía móvil, el 15 de junio de 2017 por fin llegó una gran noticia para los usuarios de telefonía de la UE que saliesen de su país: el roaming o itinerancia de datos en español llegaba a su fin. Este sobrecoste que tantos quebraderos de cabeza había dado a más de uno parecía terminar en la Unión Europea. Este reportaje se engloba dentro de un serial de 25 hitos tecnológicos que han marcado la historia reciente con motivo del 25 aniversario de Computer Hoy.

El comunicado oficial lo dejaba claro: gracias a las nuevas leyes de la UE, sería posible navegar y hacer llamadas en la totalidad de la Unión Europea al mismo precio que en casa, eso sí, siempre y cuando se prestase la debida atención a la letra pequeña del contrato y cuando la tarifa contratada por el usuario fuese compatible. 

Desde el 15 de junio, se acabó lo de cobrar una comisión por utilizar el móvil desde el extranjero. En esta fecha se cumplía el plazo que la Comisión, el Consejo y el Parlamento europeos habían aprobado meses atrás para hacer efectivo el fin del roaming. Claro que, para llegar a este momento, la propuesta tuvo que recorrer un largo y tortuoso camino. 

De hecho, fue una intensa década repleta de tiras y aflojas con las operadoras de telefonía móvil, que veían como algo imposible dejar de cobrar a los usuarios por utilizar sus servicios fuera del territorio nacional. Por el camino, se produjeron hasta tres aplazamientos de fechas hasta que, finalmente, esta medida se aprobara. 

Afortunadamente, todo eso ahora es historia, porque la norma entró en vigor en 2017 y aún sigue vigente hoy

Pero... ¿qué supuso esto principalmente? 

El fin de la itinerancia quiere decir, básicamente, que toda persona que utilice un dispositivo móvil en un Estado miembro podrá usarlo en otro país de la Unión Europea de la misma forma que en el propio. Es lo que se conoce por la expresión inglesa roam like at home

Es decir, cualquier usuario pagará los mismos precios que en su país de origen en el momento de llamar, enviar mensajes de texto o navegar por la red de datos cuando se encuentra de viaje en otro Estado miembro. 

Para todo ello, además, desde un primer momento y hasta ahora, no es necesario hacer ninguna gestión, sino que las condiciones de los servicios de roaming se deben actualizar de manera automática al nuevo formato en cada contrato existente

 

En cualquier caso, aquí tienes algunas de las cuestiones más importantes que se tuvieron en cuenta en aquel momento, y que han actualizado completamente el concepto de roaming que hasta aquel entonces teníamos todos. 

Recuerda que esta normativa sigue vigente desde 2017 hasta hoy en día, así que todas las novedades que trajo consigo se mantienen válidas en la actualidad. Incluso, como verás más adelante, en 2022 se actualizaron y mejoraron.

¿Qué cambió con la nueva normativa?

Como hemos dicho y a modo de resumen, se podría decir que, con la nueva normativa, los llamados costes de roaming ya no se tendrían que aplicar en los países miembros de la UE. Estos son los costes que se generan al usar redes extranjeras en otros países de la Unión Europea con tu tarifa nacional

Estas tarifas se encontraban así supeditadas a la nueva normativa de la UE: a los costes de telefonía y tarifa plana de Internet ya no se añadiría ningún recargo adicional cuando se utilizasen dentro de cualquier país perteneciente a la Unión. 

Y, si el usuario no dispusiese de una tarifa plana de telefonía o SMS, se aplicarían los precios unitarios de los minutos que se pagasen en el país de su contrato de telefonía. Esto también se aplicaría así si, por ejemplo, el usuario estuviese descansando en una playa italiana e hiciese una llamada a un amigo que en ese momento se encontrara en una ciudad de otro país como París, ambos interlocutores están dentro del territorio de la UE, así que no se generan costes adicionales. 

¿Cómo era (y es) posible obtener estos beneficios?

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Desde el 15 de junio de 2017, ya puedes beneficiarte automáticamente de los cambios de roaming de la UE. Los proveedores te informarán probablemente por correo electrónico sobre dichos cambios y ajustarán sus tarifas consecuentemente. Si has desactivado la itinerancia en la configuración de tu smartphone o directamente has desconectado el proveedor para prevenir un coste adicional, ya puedes activarlo. En Ajustes, Conexiones inalámbricas y de redes y Redes móviles, es posible habilitar la itinerancia de datos.

¿Existen diferencias entre cada operador?

Las diferencias entre los proveedores en principio fueron menores. No obstante, es su momento ya fue previsible que estas variaciones se fueran adaptando según el uso y las condiciones del mercado. 

Incluso que, para compensar la falta de ingresos, pudiera haber nuevas subidas de tarifas. De esta forma, Movistar reaccionó pronto aumentando desde el 8 de junio de ese mismo año el precio de los datos móviles extra, que pasaron de 1,5 cént./MB a 2 cént./MB. De este modo, el importe máximo que la compañía cobrará en la factura será de 41 euros, que equivale a 2 GB adicionales; y a partir de ahí, sus clientes podrían continuar navegando a velocidad reducida sin coste adicional para ellos.

¿El usuario podría tener aún costes extra?

Según la normativa, si el usuario utilizaba su tarifa más a menudo en España que en los países de la UE, no habría razón por la que preocuparse. Sin embargo, si en un período de cuatro meses o más utilizabas tu tarifa principalmente en los países de la UE, entonces la cosa cambiaba. 

En ese caso, el proveedor podría cobrarle costes adicionales, aunque no de manera arbitraria y unilateral: el proveedor debería notificarle este incremento por escrito y con antelación. Después, se disponía de 14 días para realizar cualquier tipo de objeciones. Además, estos costes adicionales ya se encontraban regulados.

¿Qué novedades había respecto a los paquetes de voz y datos?

Si ya tenías un paquete para hacer tus llamadas y navegar en Internet dentro de la UE, este paquete, en principio, seguirá siendo válido dependiendo del operador de telefonía móvil con el que tuvieras contratado el servicio. Por esta razón, siempre era (y sigue siendo) recomendable comprobar primero cuáles son las diferencias entre la itinerancia de la UE y, si es necesario, cancelar el paquete. Algunos proveedores desactivaron sus ofertas para el extranjero en zona UE.

¿Podrían saltarse la normativa? ¿Y utilizar tarifas de otro país?

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Computer Hoy

Sí, a pesar de la derogación del roaming de la UE, desde la norma de 2017 se permite a los operadores de la red ofrecer sus propios paquetes dentro de la UE. Sin embargo, en ese caso, la responsabilidad recae del lado de sus clientes, que deberán poder cambiar en cualquier momento al paquete de roaming adoptado por la UE.

Por otro lado, a raíz de todo esto, algunos usuarios se plantean la posibilidad de contratar una tarifa en un país donde fuera más económico y utilizarla desde su propio país de residencia. Teóricamente era una buena idea, pero en la práctica no funciona. El proveedor puede entonces calcular los costes adicionales o cancelar el contrato. No obstante existía una laguna legal para aquellas personas que viajan entre dos países de la UE: si te registrases durante menos de 24 horas en una red extranjera, no se consideraría como roaming. Así que existe la posibilidad de elegir las tarifas de ambos países.

Además, en el caso de que la compañía detectase alguna irregularidad (si notase que usas la tarifa de otro país), si el usuario no es capaz de justificarla, el operador podría poner en marcha un procedimiento de reclamación e imponer que fuese el cliente quien pague el precio mínimo mayorista establecido en ese momento. 

Está claro que las grandes perjudicadas por estas medidas son las operadoras de telefonía nacionales, que verían cómo dejaban escapar una parte importante de sus ingresos, pero no debido a sus propios clientes, sino sobre todo a lo que cobraban al resto de operadoras europeas por las llamadas en itinerancia que hacían los millones de turistas que llegan cada año a España, y cuyo tope tarifario se vería entonces reducido con la nueva normativa. De ahí que las compañías nacionales estuvieran entre las más reacias a aceptar el fin del roaming.

¿Y qué pasaba fuera de la UE?

A pesar de la normativa, fuera de la UE se seguirá pagando las cuotas de roaming del proveedor, incluso para las llamadas entrantes. Por esta razón, es recomendable contratar una tarifa local cuando, por ejemplo, estás en EEUU. El prepago es una de las mejores opciones, ya que no estás ligado a una permanencia, pero la comunicación con algunos proveedores no siempre resulta sencilla.

¿Hasta cuándo el fin del roaming?

Como hemos visto, la itinerancia gratuita en la Unión Europea se introdujo en 2017, pero en principio su duración estaba prevista para un período de cinco años. Sin embargo, teniendo en cuenta su  buena aceptación, el 1 de julio de 2022, entró en vigor la nueva regulación mejorada de roaming, que ampliaba hasta 2032 la aplicación de la normativa inicial. 

Además, esta última regulación también quería mejorar determinados aspectos de la original como el acceso a las comunicaciones de emergencia en toda la UE, así como garantizar la entrega de información clara al usuario sobre los servicios que pudieran estar sujetos a cargos adicionales. 

 

De este modo, entre otras cosas, la ley quiere asegurar que los ciudadanos tenga acceso a un número de teléfono único de emergencia y que puedan utilizarlo en cualquier lugar de la Unión Europea para comunicarse con los servicios responsables. 

Por otro lado, con esta actualización los operadores deberán asegurarse de que proporcionan a los consumidores información sobre los números de teléfono que puedan generar costes adicionales, cuando los usuarios los marquen o accedan a ellos desde el extranjero. 

Así, por ejemplo, las compañías deben informar sobre este hecho a los consumidores a través de mensajes SMS automáticos (que serán enviados al cruzar la frontera a otro país de la UE) o en los propios contratos de sus servicios.

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