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Las multas de hasta 1.000 euros que te pueden poner si vas en patinete y te paran en un control

patinete electrico

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Pese a que muchos conductores crean que los patinetes no tienen que seguir normas ni reglas, la realidad es otra bien distinta. Los agentes de tráfico pueden multarnos con enormes sumas de dinero a aquellos usuarios que no utilicen de forma correcta el vehículo eléctrico.

Mucho hemos escrito sobre los patinetes eléctricos, vehículos que ahora pueblan las ciudades gracias a su precio, su mantenimiento casi gratuito, su rapidez en carretera y lo fácil que son de guardar y transportar.

Surgieron hace casi una década y en todos estos años el número de unidades no ha dejado de crecer. A la par de su popularidad, las administraciones han ido legislando al respecto. Esto ha hecho que hayan pasado de vivir en un limbo legal a estar muy controlados.

Por este motivo la DGT nos recuerda a través de su revista cuáles son las sanciones que nos pueden poner los agentes de tráfico si no actuamos de forma legal y correcta con los patinetes. Estas son todas las multas que se os pueden caer encima si sois somos responsables:

  • Alcohol y drogas: Los usuarios de vehículos de movilidad personal tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (500 o 1.000 €).
  • Uso de teléfono móvil: Al tratarse de conductores de vehículos, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 € (artículo 18.2 del RGC).
  • Auriculares: También tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En caso de ser detectados se les denunciará por este precepto con 200 € (artículo 18.2 del RGC).
  • Casco y otros elementos de protección: A falta en estos momentos de una regulación en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal. En el caso de que la Ordenanza regule el uso obligatorio de casco, el agente sancionará con 200 €.
ITV para patinetes eléctricos
  • Tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales: El artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 €.
  • Sin pasajero: Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente solo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 € de multa (artículo 9.1.5.E del RGC).
  • Prendas reflectantes o sistema de alumbrado: Se considerará conducción negligente y, por tanto, punible cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. La sanción correspondiente es de 200 € (artículo 3.1 del RGC)
Patinete eléctrico
  • Paradas y estacionamientos: Las ordenanzas municipales son las que establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de estos vehículos. Desde la DGT, se aboga para que la acera sea del peatón, pero su regulación es exclusivamente municipal.
  • Sanciones a menores: En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

Como podéis comprobar, no es ninguna tontería el incumplir la normativa vigente, porque las multas alcanzan hasta los 1.000 euros. Llevad cuidado y cumplir con las normas, por la seguridad de todos y por el bolsillo propio.

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Etiquetas: patinetes