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Los contenidos generados por IA no pueden tener copyright

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National University of Singapore

Con la vista puesta en el futuro las administraciones han comenzado a plantearse debates que, si bien ahora mismo no son un problema acuciante, en el futuro seguramente planteen un reto que es mejor empezar a abordar ya.

Vamos a lo importante: la inteligencia artificial no puede tener derechos de autor sobre las obras de arte digitales que genera. Y esto no lo decimos nosotros, sino la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos, una institución en la materia a nivel mundial. 

Los funcionarios americanos rechazaron este mes una solicitud presentada por Stephen Thaler, fundador de Imagination Engines, para registrar una reclamación de derechos de autor para una imagen digital que, según él, fue producida por un software de aprendizaje automático.

Thaler afirmó que la pieza, titulada Una entrada reciente al paraíso, fue elaborada por Creativity Machine, un sistema automatizado inventado por él y de su propiedad, y argumentó que el software debería ser reconocido como autor de la imagen.

Cuadro

La junta de revisión de la Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. dijo que, aunque aceptaba que la imagen generada por el código estaba hecha sin ninguna contribución creativa de un actor humano, la junta no podía atender la petición.

Las leyes actuales de derechos de autor "solo protegen los frutos del trabajo intelectual que se basan en los poderes creativos de la mente humana", dijo la junta en una carta dirigida al abogado de Thaler.

"La oficina no registrará obras producidas por una máquina o un mero proceso mecánico que funcione sin ninguna aportación creativa o intervención de un autor humano porque, según el estatuto,  una obra debe ser creada por un ser humano", añaden.

Inteligencia Artificial

Thaler argumentó que la agencia debería reconsiderar su decisión, ya que reconocer la autoría de las imágenes por parte de la IA favorecería los objetivos subyacentes de la ley de derechos de autor, incluyendo el fundamento constitucional de la protección de los derechos de autor.

La junta también rechazó el argumento de Thaler de que la pieza se produjo como un trabajo por encargo para un humano, diciendo que Creativity Machine no puede por sí misma entrar en un acuerdo legalmente vinculante para realizar la tarea y que, de todos modos, no había autoría humana involucrada.

El camino que tiene la IA por delante es largo y nada claro, si bien ya están entre nosotros, haciendo trabajos que no creíamos y realizando cuadros que jamás pensamos. Quien sabe que nos deparará el futuro en este campo.

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