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Cómo declarar correctamente tus criptomonedas en la RENTA 2021

Cómo declarar los bitcoins, ethereum y resto de criptomonedas para la RENTA

Con el avance en los últimos tiempos de las criptomonedas el Gobierno aprobó el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Desde entonces la declaración de las criptomonedas se debe hacer efectiva en varios casos. Nosotros vamos a tratar de contarte todo lo que necesitas saber sobre este tema.

Antes de todo, debemos dejar claro que nosotros intentaremos servirte de guía de cómo puedes realizar esta tarea, pero lo mejor siempre será, te lo revise un asesor fiscal experto en criptomonedas para presentar tus impuestos de la mejor manera, dada la cantidad de criptodivisas y la falta claridad sobre muchas de ellas.

Dicho esto, vamos a intentar entender mejor y saber cómo debemos proceder si tenemos criptomonedas para declararlas en este nuevo año fiscal.

Lo que queda claro es que cada vez hay más gente que invierten en este tipo de monedas como bitcoin, Ethereum o Ripple, entre otras, y es sumamente importante saber cuáles son nuestras obligaciones fiscales.

Índice de contenido:

¿Qué son las criptomonedas?

Satoshi Nakamoto lanzó, poco después de escribir un artículo llamado "BitconBitcoin: un sistema de dinero en efectivo electrónico peer-to-peer", las primeras monedas electrónicas y naciendo, de esa manera, las criptomonedas.

Por lo que podemos considerar que éstas son monedas virtuales que sirven para operar y ser intercambiadas por una de las tradicionales o para realizar algún tipo de transacción comercial. En España llevan siendo legales para pagar desde el año 2015.

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Tributación de las criptomonedas

Lo primero de lo que debemos ser conscientes es que no es obligatorio incluir las ganancias de las
criptomonedas en la Declaración de Renta, al igual que nóminas, intereses, dividendos o alquileres, si estos no se superan los 1.000 euros.

Si los ingresos superan tal cantidad, aunque solo se haya superado por un euro, estaremos obligados a declararlas y a presentarla de manera obligatoria, siempre poniendo las ganancias obtenidas.

Criptomonedas

Poxabay

Si ha habido pérdidas, estás no son obligatorias, pero todos los expertos aconsejan ponerlas para compensar en el futuro.

Para reflejar las criptodivisas en la declaración debemos tener claro que se dividen en cuatro bloques:

  • Ganancias y pérdidas: la actividad que se hace normalmente de compraventa de criptomonedas.  
  • Rendimientos: hace referencia a aquellas plataformas a las que se envían las criptomonedas y generan un rendimiento. Buen ejemplo de ello es Binance, el monedero virtual que es capaz de generar añadidos.
  • Ganancias y pérdidas sin transmisión: son los airdrops (programas de referidos), es decir, aquellas criptomonedas que aparecen sin transmisión alguna.
  • Actividad económica: se refiere a la minería de las criptomonedas.

Las ganancias y pérdidas de todo lo que tiene que ver con las criptomonedas tributan en la parte especial para Renta.

Pero como solo se deben tributar las ganancias, como ya te hemos contado antes, todas ellas se dividen en varios tramos como son:

  • Por los primeros 6.000 euros ganados se paga un 19%.
  • De 6.001 a 50.000 euros de ganancias, un 21%.
  • De 50.001 a 200.000 euros ganados, toca pagar un 23%.
  • A partir 200.001 euros de ganancias, el importe será de un 26%.

Si con la venta de criptomonedas has perdido dinero, lo podrás compensar con las ganancias derivadas de otras transmisiones hasta un 25% con respecto a los rendimientos de capital. 

Si no tuvieras otro tipo de ganancias, no podrás compensarlo.

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Impuesto sobre el patrimonio

Otra cosa que debemos tener en cuenta es el Impuesto sobre el patrimonio, que no es otra cosa que un gravamen sobre el patrimonio neto de una persona física, siendo complemento del IRPF.

Si estás obligado a presentarlo, deberás incluir el valor de las criptomonedas, pagando según lo que se aplique si es necesario. Esto dependerá de en qué comunidad autónoma residas, ya que todo puede variar tanto que algunas las bonificaciones llegan al 100%.

Modelo 720

Desde que se aprobó la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, entró en vigor una nueva regulación sobre aquellos que poseen criptomonedas o criptoactivos.

Lo que se busca es que haya menos opacidad sobre los saldos y los titulares de las monedas que hay por la red. Estos pasan a tener una serie de obligaciones informativas, por la tenencia de este tipo de monedas virtuales, como son:

  • La primera es para las empresas que gestionen criptomonedas, pues deben informar de cada uno de sus distintos saldos, así como de la identidad de sus titulares.
  • En segundo lugar, se hace referencia los exchanges para que informen sobre domicilios, identificación fiscal, el precio y la fecha de las operaciones realizadas.

Pero también hay novedades sobre las personas que tengan criptomonedas en el extranjero, obligándoles a declararlas (también las que uno tenga en exchanges fuera de España) por medio del Modelo 720.

Las multas por no hacerlo pueden llegar hasta los 5.000 euros por cada dato referido a cada moneda virtual individualmente, aunque una reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo ha tumbado esta estos importes, instando a España a modificarlos.

Recientemente el Ministerio de Hacienda ha aclarado que en la declaración de la Renta 2021 no hay que incluir finalmente las criptomonedas, instando con que a partir de la próxima declaración si será obligatorio.

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Casilla 46 sobre monedas virtuales

Casilla Q

Según los modelos de declaración de Renta 2021, que podremos comenzar a hacer a partir del 6 de abril, en la casilla 46 de la declaración del impuesto de Patrimonio, pone Saldos en monedas virtuales.

Hasta ahora, cuando queríamos declarar esto mismo, debíamos dirigirnos al apartado Demás bienes y derechos de contenido económico

Por lo tanto, ahora debemos declarar en esa casilla aquello que te comentábamos antes, es decid, solamente cuando tengamos beneficios gracias a las monedas virtuales, ya que las perdidas ya se compensaran en un futuro con las ganancias.

Recuerda que la fecha límite para presentar la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Patrimonio, será el 30 de junio de este año 2022, sabiendo que habrá casos en los que deberás incluir tus criptomonedas como acabas de ver.

Con toda esta información ya podrás estar más seguro a la hora de declarar o no, tus monedas virtuales, dando igual el tipo, aunque siempre asesorado por algún experto, es un consejo que te damos para que todo te salga bien. La base ya la tienes, por lo que ya tienes mucho más criterio para que nadie te engañe.

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Etiquetas: Criptomonedas, Vídeo