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Adiós al spam telefónico: esta normativa impedirá recibir llamadas no deseadas, ¿o no?

Adiós al spam telefónico: esta normativa impedirá recibir llamadas no deseadas, ¿o no?

¿Realmente se puede decir que este es el fin del spam o marketing telefónico y las llamadas comerciales no solicitadas para captar nuevos clientes? Hecha la ley no tardarán en llegar las trampas.

Una de las cosas más molestas en el día a día es la de recibir continuas llamadas de publicidad de forma reiterada por parte de las empresas. Este tipo de “spam” existe desde hace muchos años y pese a que los trabajadores precisamente están realizando su trabajo, no quita de que es algo realmente tedioso y en ocasiones casi imposible de parar.

Hoy en día esto es aparentemente posible de evitar siempre y cuando te registres en la Lista Robinson. Con ella se pretende tener todo más controlado y todas las empresas y demás servicios obligatoriamente deben consultar la Lista Robinson cuando van a enviar publicidad y no cuentan con el consentimiento de los destinatarios.

Lllamada en el móvil

Sin embargo, es importante tener en cuenta que inscribirse en esta lista no significa que uno esté completamente exento de recibir publicidad. A pesar de que la mayoría de las empresas respetan la lista, hay algunas que están utilizando métodos ilegales para recopilar información de contacto de los usuarios, lo que significa que incluso si estás en la Lista Robinson, todavía pueden obtener tu información y contactarte.

Algunos métodos que se utilizan para recopilar información de contacto incluyen el uso de software para recolectar información de Internet, la compra de listas de contactos ilegales y la recopilación de información de contacto a través de medios fraudulentos o engañosos.

“Las empresas quieren vender, están en su derecho de querer vender y de tener publicidad. La publicidad no es algo ilegal. El tema es cómo conseguir que las personas reciban impactos comerciales cuando ellos están dispuestos a recibirlos”, explica para Computer Hoy Martín Piqueras, profesor de tecnologías en OBS Business School y experto en estrategia digital en Gartner.

“Lo que habría que intentar hacer es que se creara una cultura en la que las personas estén dispuestos a recibir impactos publicitarios cuando deseen recibirlos y no lo vean como algo negativo”, añade el experto.

Estas llamadas pueden ser difíciles de bloquear o identificar, ya que los números que aparecen en la pantalla pueden ser falsos o no estar asociados con la empresa que está llamando. Sin embargo, parece que toda esta práctica —al menos por el momento— está a punto de cambiar gracias a la aplicación del artículo 66.1 b de la Ley General de Telecomunicaciones.

Ley de Telecomunicaciones

Dejarás de recibir llamadas telefónicas de comerciales por ley

En la página 147 de la enmienda está el fragmento que explica cómo funcionará esta normativa:

“Con el fin de proteger en mayor medida los intereses legítimos de los consumidores y usuarios, queda prohibida la realización, por parte de los operadores, de llamadas telefónicas no solicitadas por el consumidor y/o usuario con el objetivo o efecto de promocionar o vender bienes o servicios. No será de aplicación la restricción anterior siempre y cuando exista un consentimiento previo del propio consumidor y/o usuario para recibir comunicaciones comerciales que habilite al propio operador a efectuar las mismas”, se explica en la normativa.

IPTV

En pocas palabras, esta ley regula, entre otros temas, el derecho de los usuarios a la protección de datos personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas, incluyendo el no recibir llamadas no deseadas. De este modo, cambia el régimen jurídico aplicable que existía con anterioridad y contempla en su texto que ese apartado entrará en vigor el 29 de junio de este año.

Teniendo todo esto en cuenta, ahora será el usuario el que deberá dar consentimiento en el caso de que quiera recibir llamadas de comerciales.

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No es oro todo lo que reluce: ¿hecha la ley, hecha la trampa? 

Hay un pequeño punto a destacar: la compañía podrá llamarte en el caso de tener un contrato contigo. La verdad es que no suena tan descabellado —siempre y cuando no llamen a la hora de la siesta de forma diaria y continua—, ya que podrías necesitar algún ajuste por parte de la empresa que ellos mismo te ofrecen o quien sabe si te interesa esa nueva oferta mensual que tienen.

Aquí también incluir otro apunte y es que solo se prohibirán las llamadas que provengan de centralitas comerciales ubicadas en España. Si esta proviene de otro país, estará perfectamente permitido que se realice. En este caso es cierto que el 90% de las llamadas vienen de diferentes puntos de España por lo que se puede decir que no es un matiz que perjudique demasiado.

Sin embargo, “las operadoras buscarán de qué otra forma pueden conseguir nuevos y más clientes, sin ningún género de duda. Y si lo encuentran vía telefónica o lo encuentran vía otros canales, pues se irán hasta ellos. Sí que puede ser que reduzcamos un tipo de spam, pero pueden aparecer otros”, añade Martín Piqueras.

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Las empresas que incumplan esta ley se expondrán a sanciones, y la Agencia Española de Protección de Datos está preparando una circular para dejar claro el criterio que seguirá para sancionar a las empresas que se salten la norma.

“Se establecen sanciones más severas en caso de incumplimiento, que pueden llegar hasta los 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio global anual de la empresa infractora” se deja entrever en la circular.

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Ahora la duda surge en cómo las empresas se harán con ese consentimiento de que a priori no recibirán. Un ejemplo sería aprovechar posibilidades de contratos vía correo electrónico en el que de forma disimulada consigan la aprobación para pasar a la acción vía telefónica.

“Tenemos un problema y es el típico hecha la ley, hecha la trampa. El hecho de legislar por legislar sin tener las medidas eficientes, técnicas eficaces y eficientes que permitan que se siga la legislación, pues no sirve prácticamente para nada. Por ejemplo, si no se puede llamar desde España a los clientes montará el call center en otro país extranjero y harán lo mismo desde allí”, explica el experto entrevistado.

“Para ser justos y poner los dos lados de la balanza es necesario lanzar normativas para ir identificando qué cuerpos legislativos queremos crear. El problema es que estas normativas actualmente siempre van muy por detrás de lo que la tecnología permite porque el legislador no es un tecnólogo. Por así decirlo, carecen de destreza tecnológica”, añade.

Por el momento toca esperar y ver qué nuevos métodos conseguirán llevar a cabo estas empresas para sortear las finas líneas de esta nueva normativa. En efecto es una gran noticia, pero parece que aún hay demasiados cabos sueltos.

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