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La diferencia entre obra fotográfica y mera fotografía o cómo no pagar derechos de autor

Fotógrafa tomando una fotografía

Unsplash

Hay polémica en el mundo del derecho audiovisual por culpa de una nueva estrategia que se aprovecha de un tecnicismo para no pagar los derechos de autor por unas fotos. Vamos a verlo.

Para entender de qué estamos hablando, lo primero que tenemos que hacer es repasar cómo funciona la Ley de Propiedad Intelectual actualmente. Esta protege el derecho del fotógrafo a sus propias fotografías.

Existen dos tipos de disposiciones relativas a las fotografías en la Ley de Propiedad Intelectual. Una imagen, que se ha creado fotografiando, puede recibir protección de los derechos de autor como obra fotográfica o un derecho conexo como fotografía, es decir, una fotografía ordinaria.

Las fotografías que cumplen los requisitos previos de independencia y originalidad reciben protección de los derechos de autor como obras fotográficas. Todas las demás fotografías reciben una protección más limitada como fotografías ordinarias, de conformidad con los derechos afines definidos en la Ley de Propiedad Intelectual.

Así pues, se concede protección a todas las fotografías; las tomadas en un estudio, las tomadas a tu familia, como las fotografías turísticas, así como las fotografías de reportaje. Un requisito para la protección de una fotografía ordinaria es, simplemente, que haya sido tomada.

Las fotografías ordinarias gozan de una protección casi tan amplia como las fotografías tomadas como obra. La principal diferencia radica en que el periodo de protección de una fotografía ordinaria es más breve. Y ahí se han aprovechado algunas editoriales, como la que hoy traemos.

Portada de la discordia

Una historia que demuestra cómo se aprovechan algunas editoriales

Leemos que la editorial Akal publicó en junio de 2022 el libro Macarras ibéricos. Una historia de España a través de sus leyendas callejeras. Y para este libro eligieron para la cubierta una fotografía hecha por Paco Elvira en 1979 en la que aparece Juan José Moreno Cuenca El vaquilla.

Esta foto fue publicada previamente en Interviú, expuesta en el CCCB en 2009 y publicada en la cubierta del libro Fuera de la ley: Asedios al fenómeno quinqui en la transición española, publicado por la editorial Comares en 2015.

Y, además de todo, manipularon la fotografía digitalmente para disponer de más espacio para el título. La hija de Paco Elvira y titular de sus derechos de autor reparó accidentalmente en la publicación de la fotografía y se puso en contacto con la editorial Akal, para pedir explicaciones.

Principalmente por el hecho de publicar una fotografía de su padre sin su preceptivo consentimiento, y para exigir una reparación económica por la publicación de la misma.

La editorial intentó eludir el pago de los derechos de autor a través de una estratagema que seguro que os suena, ya que acabamos de hablar de ella aquí: argumentando que la fotografía que Paco Elvira tomó a Juan José Moreno Cuenca no es una obra fotográfica sino una mera fotografía.

Teniendo en cuenta que la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) especifica que las fotografías pasan al dominio público a partir de los 25 años de su realización, la editorial Akal rechazó pagar por los derechos de autor, ya que dicen que la foto fue tomada hace 43 años.

Fotógrafo tomando una fotografía

Unsplash

Diferencias entre obra fotográfica y fotografía

Una obra fotográfica difiere de una fotografía en que una obra fotográfica es el resultado independiente y original del trabajo creativo intelectual de su autor. Una obra fotográfica debe reflejar las decisiones creativas de su autor y ser tal que nadie más podría haber llegado al mismo resultado si hubiera abordado un encargo fotográfico similar.

Y no siempre es fácil trazar una línea clara entre una obra fotográfica y una fotografía protegida por derechos afines, y esto deberá resolverse en función de cada caso. Justo como el caso hoy hemos traído con la fotografía de El Vaquilla.

Lente fotografía sensor

El derecho de autor de una obra fotográfica, o el derecho conexo a una fotografía, no protege una idea, tema o argumento. Los conceptos, principios, soluciones técnicas y cualquier información que se presente tampoco están protegidos, por lo que cualquiera puede explotarlos.

Los derechos de autor protegen la forma de apariencia y expresión de una obra fotográfica, a la que el autor ha contribuido con su trabajo creativo intelectual. Y, como toda obra artística, es muy difícil trazar la línea y siempre va a haber gente que se quiera aprovechar. Y la fotografía es ejemplo de ello.

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